2020 ha sido el año del impulso del teletrabajo, una fórmula que ha permitido a muchas empresas continuar con su actividad sin tener que echar el cierre por completo. No obstante, incluso acogiéndose a esta vía, y recibiendo ayudas directas e indirectas por parte del Gobierno y las administraciones, algunas compañías no han tenido otro remedio que acudir al despido laboral.
¿Cómo se ejecutan los despidos laborales en tiempos de teletrabajo?
El despido laboral con teletrabajo es una fórmula anómala que puede incurrir en problemas legales. Por este motivo, lo ideal es acudir a una reunión de despido presencial en la que se den cita ambas partes.
Si esto no es posible por la limitación de movimientos, lo aconsejable sería optar por una videollamada o por comunicación telefónica. Es imprescindible notificar de forma obligatoria, y adicionalmente por escrito (burofax o correo electrónico con acuse de recibo), pero nunca por mensaje o audio de WhatsApp, para tener así una evidencia de la entrega.
El fin de la relación laboral y su comunicación va a depender de la relación entre trabajador y empresa, de la cercanía y confianza que muestren ambas partes.
¿Cómo actúa la empresa en caso de que el trabajador tenga acceso a material confidencial?
Cuando se comunica el despido, la empresa puede suspender el acceso del empleado despedida a la información privada de la empresa. Si el trabajador cuenta con medios que son pertenencia de la empresa, habría que llegar a un acuerdo para la devolución.
La fórmula más recomendable es firmar un contrato en el que se fijen los procedimientos de devolución de equipos y cuestiones varias que puedan generar controversia. Todo ello bien asesorado por expertos legales.
¿Y las pertenencias del trabajador?
Si el trabajador cuenta con documentos o materiales propios en la empresa, la fórmula es similar, acuerdo entre empresa y empleado para hacer llegar esas pertenencias al trabajador, ya sea de manera más formal o con una entrega más informal.