Donaciones en autónomos y pymes: ¿recuden el pago de impuestos? ¿cómo?
Las donaciones permiten acogerse a ventajas fiscales en la declaración de ciertos impuestos, como el IRPF o el de sociedades. Sin embargo, los donativos no se consideran gastos deducibles en los impuestos, sino que lo que ocurre es que se produce una deducción en la cuota de los mismos.
La norma general dicta eso, que las donaciones en autónomos permiten pagar menos en impuestos, pero no todas las donaciones se traducen en ventajas fiscales. Para que esto ocurra es imprescindible que la organización o la entidad a la que se realiza la donación esté incluida en el régimen fiscal de entidades sin fines de lucro y de los incentivos fiscales de mecenazgo.
¿Cuánto se pueden deducir los autónomos a través de esta práctica?
Las donaciones en autónomos están vinculadas a la tributación por IRPF. Así, la deducción es del 75% en los 150 primeros euros de donación y se reduce hasta el 30 ó el 35% con el montante restante.
De este modo, si la donación es de 300 euros, los primeros 150 euros se acogen a una reducción del 75% y los 150 euros restantes al 30 ó 35%. En cualquier caso, la base para aplicar la deducción nunca puede superar el 10% de la base liquidable del impuesto, en este caso, el IRPF.
¿Y las empresas?
Los autónomos deducen en base al IRPF mientras que las empresas lo hacen a través del Impuesto de Sociedades. En este escenario la deducción se aplica sobre la cuota íntegra de la deducción y es de un 35%.
Las empresas que ya hayan realizado donativas a la misma entidad en ejercicios anteriores podrán acogerse a deducciones del 40% sobre la cuota. Como en el caso de los autónomos, el límite máximo no puede superar el 10% de la base imponible del impuesto de sociedades, si bien la cantidad sobrante podrá aplicarse en ejercicios posteriores.