Muchos trabajadores públicos actúan también como trabajadores autónomos, de modo que es posible ser funcionario y realizar actividades por cuenta propia, pero para llevar a cabo esta dualidad de funciones es importante cumplir con lo que especifica la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
En esta ley se fijan una serie de incompatibilidades que afectan a los trabajadores de la Administración del Estado y los Organismos Públicos. Existen también limitaciones para los profesionales al servicio de entidades, corporaciones de derecho público, fundaciones y consorcios cuyo presupuesto dependa ordinariamente en más de un 50% de la Administración.
Los trabajadores por cuenta ajena sí pueden ser autónomos al mismo tiempo, aunque esto depende en gran medida de la modalidad de su contrato de trabajo y las cláusulas habilitantes, todo ello aparece en el BOE.
A los funcionarios se les aplica la Ley de Incompatibilidades, aunque existen excepciones, de ahí que hablemos de que sí se puede ser funcionario y realizar actividades por cuenta propia.
¿Cuáles son esas fórmulas que permite la ley?
Los funcionarios pueden dirigir seminarios, cursos o conferencias en centros oficiales destinados a la formación de funcionarios, pero solo con un límite temporal de 75 horas anuales y siempre que no sea con carácter permanente.
A su vez, es posible participar en Tribunales calificadores de pruebas selectivas para el ingreso en las Administraciones Públicas y los exámenes o evaluaciones asociados a estas prácticas. También está permitido ser presidente, vocal o miembro de las Juntas de mutualidades o patronatos de funcionarios, pero sin que esta actividad sea retribuida.
Por último, la ley no sanciona la producción y creación literaria, artística, científica y técnica, ni tampoco las publicaciones derivadas de estas actividades. De manera ocasional se puede participar en coloquios y programas de medios de comunicación, así como asistir a congresos, seminarios, conferencias y cursos de carácter profesional.